El
anteproyecto de ley aprobado por el Consejo de gobierno supone:
- Cumplir
con el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Artículo 162: “los poderes
públicos andaluces promoverán contribuirán al fortalecimiento del sector
financiero andaluz y propiciarán su participación en los planes estratégicos de
la economía”.
- Crear
mediante una Ley del Parlamento de Andalucía un ente público con la forma de
sociedad anónima de titularidad 100% pública. La empresa pública nace con el
objetivo de ser un banco público. Para ello comenzará los trámites para dotarse
de “ficha bancaria” inmediatamente tras su creación, solicitando su
concesión al Banco de España.
- La “Ficha
bancaria” es la autorización del Banco de España para operar como Banca.
- Tener
ficha bancaria permitirá que la entidad podrá obtener financiación del Banco
Central Europeo, del Banco Europeo de Inversiones, Mercado Interbancario, de la
captación de ahorro privado, etc.
- La
vocación de la Entidad no es coyuntural. Nace como instrumento financiero
público netamente andaluz de apoyo al desarrollo económico, al empleo y como
herramienta de política económica en nuestra Comunidad. Para ello:
- Según las
necesidades financieras actuales de nuestra estructura socioeconómica andaluza,
el ente público de crédito se especializará prioritariamente en atender las
necesidades reales de las pymes andaluzas y de la economía social.
- Impulsará
el apoyo financiero a los sectores estratégicos para el cambio hacia un
nuevo modelo productivo y la innovación en coherencia con las políticas de
desarrollo estratégico de Andalucía.
- El Banco
actuará como el principal instrumento de la política de crédito público
dando cumplimiento a los mandatos derivados del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
- Concentrará
la gestión de los instrumentos de crédito y avales en los que participa la
Junta de Andalucía, reforzándolos y mejorando su accesibilidad.
- Facilitará
a las pymes andaluzas y a la economía real el acceso a todo tipo de recursos
financieros públicos y privados.
- Dará
asesoramiento financiero e información financiera a las pymes, a la economía
social y a cualquier ciudadano que lo necesite.
Las vías
de financiación del banco serán todas aquellas que estén permitidas
legalmente, especialmente:
- Los
presupuestos de la Junta de Andalucía.
- Los Fondos
Reembolsables disponibles por la Junta de Andalucía en cada momento, así como
los recursos que actualmente se destinan a otras acciones financieras cuyas
funciones asuma la entidad.
- Recursos
que se obtengan por convenios y otras fórmulas provenientes de la UE, el
gobierno central y las distintas instituciones financieras públicas o privadas,
nacionales o extranjeras.
- Emisión de
títulos, siempre que el mercado permita emitirlos a un coste razonable.
- Podrá
captar recursos de cualquier mercado financiero.
- Recursos
procedentes de la captación de ahorro privado de clientes.
- El
banco tiene que ser viable, solvente y sostenible. De sus recursos propios
no podrá subsidiar y dar ayudas. En caso de existir interés público en el
impulso de determinados programas, sectores, actividades o tipología
empresarial, será la Administración Pública interesada quien los financie
o subsidie.
- El riesgo
tiene que gestionarse bajo principios de independencia, profesionalización y
experiencia, fijando criterios rígidos para garantizar la solvencia de la
entidad. Tiene que ser un referente en materia de buenas prácticas y ética
bancaria.
- Entre las
competencias y funciones de las operaciones que ponga en marcha, se encontrarán:
- Proveer de
productos y servicios financieros conforme a los principios de banca ética,
transparencia y sostenibilidad de las actividades que financie.
- Gestionará
los fondos reembolsables de la Junta para hacerlos más eficientes.
- Diseñar y gestionar
un sistema de compensación y descuento de deudas.
- Apoyo
financiero a las exportaciones e internacionalización de las Pymes andaluzas y
a la captación de inversiones productivas generadoras de empleo.
- La entidad
impulsará acuerdos de colaboración con otras entidades financieras que
compartan sus criterios sociales, éticos, de transparencia y de apoyo al
desarrollo económico de Andalucía. Esto será muy importante en los primeros
años de la entidad, ya que así se maximizará la capilaridad y alcance de la
entidad con el mínimo de estructura operativa posible. Con la cooperación se
pretende aumentar la incidencia de la entidad en todo el territorio Andaluz y
favorecer el desarrollo y maduración de un sistema financiero propio de
Andalucía.
-
Características corporativas de la entidad: la presidencia será nombrada a
propuesta del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. La comisión
de control será nombrada por el Parlamento de Andalucía, y actuará como
órgano de evaluación y control de la gestión, tendrá representación de los
agentes sociales y contará con expertos y expertas de reconocida experiencia.
Regirá un estricto código ético de trasparencia y participación. Estará
adherida a la comisión de arbitraje. En los órganos ejecutivos tendrá que
garantizarse la independencia y profesionalización de la gestión de la
entidad. Las retribuciones serán acordes con los criterios de la entidad y
no tendrá vinculación al volumen de operaciones y recursos.
Se espera que una vez aprobada la ley de creación
de la entidad, ésta pueda estar plenamente operativa en el plazo de un año.
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