domingo, 2 de noviembre de 2014

El Anteproyecto de Ley



El anteproyecto de ley aprobado por el Consejo de gobierno supone:

- Cumplir con el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Artículo 162: “los poderes públicos andaluces promoverán contribuirán al fortalecimiento del sector financiero andaluz y propiciarán su participación en los planes estratégicos de la economía”.
- Crear mediante una Ley del Parlamento de Andalucía un ente público con la forma de sociedad anónima de titularidad 100% pública. La empresa pública nace con el objetivo de ser un banco público. Para ello comenzará los trámites para dotarse de “ficha bancaria” inmediatamente tras su creación, solicitando su concesión al Banco de España.
- La “Ficha bancaria” es la autorización del Banco de España para operar como Banca.
- Tener ficha bancaria permitirá que la entidad podrá obtener financiación del Banco Central Europeo, del Banco Europeo de Inversiones, Mercado Interbancario, de la captación de ahorro privado, etc.
- La vocación de la Entidad no es coyuntural. Nace como instrumento financiero público netamente andaluz de apoyo al desarrollo económico, al empleo y como herramienta de política económica en nuestra Comunidad. Para ello:
- Según las necesidades financieras actuales de nuestra estructura socioeconómica andaluza, el ente público de crédito se especializará prioritariamente en atender las necesidades reales de las pymes andaluzas y de la economía social
- Impulsará el apoyo financiero a los sectores estratégicos para el cambio hacia un nuevo modelo productivo y la innovación en coherencia con las políticas de desarrollo estratégico de Andalucía.
- El Banco actuará como el principal instrumento de la política de crédito público dando cumplimiento a los mandatos derivados del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
- Concentrará la gestión de los instrumentos de crédito y avales en los que participa la Junta de Andalucía, reforzándolos y mejorando su accesibilidad.
- Facilitará a las pymes andaluzas y a la economía real el acceso a todo tipo de recursos financieros públicos y privados.
- Dará asesoramiento financiero e información financiera a las pymes, a la economía social y a cualquier ciudadano que lo necesite.
Las vías de financiación del banco serán todas aquellas que estén permitidas legalmente, especialmente:
- Los presupuestos de la Junta de Andalucía.
- Los Fondos Reembolsables disponibles por la Junta de Andalucía en cada momento, así como los recursos que actualmente se destinan a otras acciones financieras cuyas funciones asuma la entidad.
- Recursos que se obtengan por convenios y otras fórmulas provenientes de la UE, el gobierno central y las distintas instituciones financieras públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
- Emisión de títulos, siempre que el mercado permita emitirlos a un coste razonable.
- Podrá captar recursos de cualquier mercado financiero.
- Recursos procedentes de la captación de ahorro privado de clientes.
- El banco tiene que ser viable, solvente y sostenible. De sus recursos propios no podrá subsidiar y dar ayudas. En caso de existir interés público en el impulso de determinados programas, sectores, actividades o tipología empresarial, será la Administración Pública interesada quien los  financie o subsidie.
- El riesgo tiene que gestionarse bajo principios de independencia, profesionalización y experiencia, fijando criterios rígidos para garantizar la solvencia de la entidad. Tiene que ser un referente en materia de buenas prácticas y ética bancaria.
- Entre las competencias y funciones de las operaciones que ponga en marcha, se encontrarán:
- Proveer de productos y servicios financieros conforme a los principios de banca ética, transparencia y sostenibilidad de las actividades que financie.
- Gestionará los fondos reembolsables de la Junta para hacerlos más eficientes.
- Diseñar y gestionar un sistema de compensación y descuento de deudas.
- Apoyo financiero a las exportaciones e internacionalización de las Pymes andaluzas y a la captación de inversiones productivas generadoras de empleo.
- La entidad impulsará acuerdos de colaboración con otras entidades financieras que compartan sus criterios sociales, éticos, de transparencia y de apoyo al desarrollo económico de Andalucía. Esto será muy importante en los primeros años de la entidad, ya que así se maximizará la capilaridad y alcance de la entidad con el mínimo de estructura operativa posible. Con la cooperación se pretende aumentar la incidencia de la entidad en todo el territorio Andaluz y favorecer el desarrollo y maduración de un sistema financiero propio de Andalucía.
- Características corporativas de la entidad: la presidencia será nombrada a propuesta del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. La comisión de control será nombrada por el Parlamento de Andalucía, y actuará como órgano de evaluación y control de la gestión, tendrá representación de los agentes sociales y contará con expertos y expertas de reconocida experiencia. Regirá un estricto código ético de trasparencia y participación. Estará adherida a la comisión de arbitraje. En los órganos ejecutivos tendrá que garantizarse la independencia y  profesionalización de la gestión de la entidad. Las retribuciones serán acordes con los criterios de la entidad y no tendrá vinculación al volumen de operaciones y recursos.
Se espera que una vez aprobada la ley de creación de la entidad, ésta pueda estar plenamente operativa en el plazo de un año.

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